Divulgación de los derechos civiles del Distrito Escolar de Nebo

Aviso Oficial de No Discriminación

Igualdad de Oportunidades Educativas y de Empleo

Es la política del Distrito Escolar de Nebo (Distrito) no discriminar en base a la raza, color, origen nacional, sexo/género, orientación sexual, identidad de género, religión, discapacidad, edad o cualquier otra clasificación legalmente protegida en sus programas educativos, actividades, admisiones, acceso, tratamiento o prácticas de empleo. El Distrito les proporciona un acceso equitativo a los Boy Scouts y a otros grupos juveniles designados. Se prohíben las represalias contra cualquier persona que, de buena fe, haya presentado una denuncia o haya testificado, asistido o participado de alguna manera en una investigación, procedimiento o audiencia.

Las personas designadas para supervisar y coordinar el cumplimiento del Distrito con el Título IX, la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación, la Ley de Estadounidenses con Discapacidades, y todas las demás leyes estatales y federales aplicables contra la discriminación y los derechos civiles, pueden ser contactadas en la siguiente dirección y números de teléfono:

Empleo ADA

Adaptaciones en el lugar de trabajo para los empleados con discapacidades

Ken VanAusdal, Director de Recursos Humanos
350 South Main
Spanish Fork, UT 84660

(801) 354-7400

Acceso a las instalaciones y programas de la ADA

Barreras físicas a los edificios y programas educativos, actividades y eventos

Kathy Carling, 
Gestor de riesgos
350 South Main
Spanish Fork, UT 84660

(801) 354-7400

Derechos civiles

  • Títulos IV, VI y VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964 (que prohíbe la discriminación por motivos de raza, color, religión, sexo y origen nacional)
  • Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973 (que prohíbe la discriminación por discapacidad)
  • Título IX de las Enmiendas Educativas de 1972 (que prohíbe la discriminación por razón de sexo/género)

David Gneiting, Coordinador de Derechos Civiles y de la Sección 504
350 South Main
Spanish Fork, UT 84660

(801) 354-7440

Adaptaciones para Personas con Discapacidades

El Distrito Escolar de Nebo les proveerá adaptaciones razonables a individuos elegibles y calificados con discapacidades.

Procedimientos de Quejas

Empleados

  • Los empleados que experimentan una conducta que puede haberlos desfavorecido, estigmatizado o victimizado debido a su raza, color, religión, origen nacional, discapacidad, sexo/género o cualquier otra clasificación protegida por la ley, deben presentar una queja con su supervisor o director y/o con el Coordinador de Derechos Civiles del Distrito, de acuerdo con las disposiciones descritas en la sección 7 de la Política GBEB del Distrito Escolar de Nebo - Discriminación y acoso de los empleados.

Estudiantes y/o padres/tutores

  • Los estudiantes que experimentan una conducta que puede haberlos desfavorecido, estigmatizado o victimizado debido a su raza, color, religión, origen nacional, discapacidad, sexo/género o cualquier otra clasificación protegida por la ley, deben presentar una queja con un administrador escolar y/o con el Coordinador de Derechos Civiles del Distrito, de acuerdo con las disposiciones descritas en la sección 6 de la Política JDC del Distrito - Discriminación y acoso de los estudiantes.

Empleados y estudiantes

  • Los empleados y estudiantes que experimentan una conducta que puede constituir acoso sexual deben presentar una queja de acoso sexual con su supervisor o director y/o con el Coordinador de Derechos Civiles del Distrito, de acuerdo con las disposiciones de la sección 5 de la Política JDCB/GBEBB del Distrito Escolar de Nebo - Acoso sexual.

Problema con el supervisor/director

  • Si la queja es contra el director o un supervisor, la queja puede ser presentada directamente al Coordinador de Derechos Civiles del Distrito.

Procedimientos de Investigación/Apelación en Materia de Derechos Civiles

Investigación

Cuando un empleado en un puesto de supervisión tenga conocimiento de una conducta que pueda desfavorecer, estigmatizar o victimizar a individuos o grupos de personas debido a su raza, color, religión, origen nacional, discapacidad, sexo/género o cualquier otra clasificación protegida por la ley, O cuando un empleado en un puesto de supervisión reciba una queja firmada por escrito, se asegurará de que el Coordinador de Derechos Civiles tenga conocimiento de la posible violación. El proceso de investigación comenzará rápidamente y de acuerdo con los procedimientos de investigación descritos en la sección 8 de la Política GBEB del Distrito Escolar de Nebo, la sección 8 de la Política JDC del Distrito Escolar de Nebo, o la sección 8 de la Política JDCB/GBEBB del Distrito Escolar de Nebo, según corresponda.

Apelaciones

Los procedimientos de investigación pueden ser apelados tanto por los denunciantes como por los denunciados. El propósito de una apelación es determinar si se siguieron los procedimientos de investigación descritos en la política aplicable. También se puede presentar una apelación para introducir nuevas pruebas no disponibles durante la investigación o si una parte cree que hubo un conflicto de intereses que afectó directamente a la investigación y/o a sus conclusiones. Una apelación que no introduzca nuevas pruebas o alegue un conflicto de intereses o una violación de los procedimientos de investigación será desestimada. El desacuerdo con el resultado de una investigación o con la interpretación o las conclusiones de los hechos por parte de un investigador no es motivo de apelación.

Los estudiantes que se ha encontrado que están en violación de la Política JDC del Distrito Escolar de Nebo - Discriminación y acoso estudiantil, tienen derecho a los procedimientos del debido proceso como se establece en la Política JD del Distrito Escolar de Nebo - Conducta y disciplina estudiantil.

Los empleados que se ha determinado que están violando la Política GBEB del Distrito Escolar de Nebo - Discriminación y acoso de los empleados, tienen derecho a los procedimientos del debido proceso descritos en la Política GCPD del Distrito Escolar de Nebo - Disciplina de los empleados, licencia administrativa, y terminación organizada y el manual aplicable del equipo de administración, empleados certificados o clasificados.

Bajo la Política JDCB/GBEBB del Distrito Escolar de Nebo - Acoso sexual, los demandados y los demandantes pueden apelar dando aviso por escrito al Superintendente dentro de los quince (15) días naturales de la fecha de la determinación escrita. Si no se presenta una notificación de apelación por escrito al Superintendente en un plazo de quince (15) días naturales, se perderá el derecho a apelar. El Superintendente o la persona que él designe escuchará la apelación y emitirá una decisión por escrito sobre si se siguieron los procedimientos de investigación o si nuevas pruebas cambiarían el resultado de la investigación. La decisión del Superintendente o de la persona que éste designe es definitiva.

Procedimiento de Quejas de la Sección 504

Las mejores soluciones a las preocupaciones de los padres/tutores legales se dan en el ámbito escolar. Por lo tanto, el primer paso para resolver una queja debe ser que el director de la escuela o el Líder del Equipo 504 trabajen con el padre/tutor legal para lograr una resolución mutuamente aceptable de la(s) preocupación(es) de los padres. Si la(s) preocupación(es) no puede(n) ser resuelta(s) informalmente, el padre/tutor legal puede buscar una resolución formal bajo los procesos de quejas del Distrito:

  1. El padre/tutor legal debe llenar y presentarle una Queja de la Sección 504 al Coordinador del Distrito 504.
  2. El Coordinador del Distrito 504 o su designado revisará la queja y se reunirá con el padre/tutor legal para escuchar sus preocupaciones. El Coordinador del Distrito 504 o la persona designada decidirá si busca mediar en la disputa entre el padre/tutor legal y la escuela o si toma una decisión con respecto a la queja y la presenta por escrito al padre/tutor legal. Si la mediación no tuvo éxito o si el padre/tutor legal no está satisfecho con la decisión tomada por el Coordinador del Distrito 504 o su designado, el padre/tutor legal puede escoger una de las siguientes opciones: (a) dar aviso por escrito al Coordinador del Distrito 504 solicitando una reunión con el Superintendente (Paso 3); o (b) dar aviso por escrito al Superintendente solicitando una audiencia imparcial (Paso 4).
  3. El Superintendente o su designado revisará la queja y se reunirá con el padre/tutor legal para escuchar sus preocupaciones. El Superintendente o la persona designada tomará una decisión con respecto a la queja y la presentará por escrito al padre/tutor legal. Si el padre/tutor legal no está satisfecho con la decisión tomada por el Superintendente o la persona designada, el padre/tutor legal puede notificar por escrito al Superintendente solicitando una audiencia imparcial (Paso 4).
  4. Al recibir una solicitud por escrito para una audiencia imparcial de debido proceso, el Superintendente o su designado remitirá rápidamente la queja a una audiencia de debido proceso conducida por un oficial de audiencia imparcial. El oficial de la audiencia será seleccionado por el Distrito. El oficial de la audiencia deberá cumplir los siguientes criterios: (a) debe tener conocimientos sobre la Sección 504; (b) no debe ser empleado del Distrito; (c) no debe pertenecer a otro distrito escolar que comparta un acuerdo contractual para los servicios de educación especial; (d) no debe tener un conflicto de intereses personal o profesional; y (e) no debe participar en la formulación de la política estatal que afecta a los estudiantes con discapacidades. El funcionario de la audiencia designado por el Distrito programará una audiencia de debido proceso para que ocurra tan pronto como sea razonablemente factible para el padre/tutor legal y el Distrito. El padre/tutor legal y el Distrito pueden estar representados por un abogado en la audiencia, pueden examinar los registros pertinentes y participar en la audiencia. Dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la conclusión de la audiencia, el oficial de la audiencia emitirá una decisión por escrito.
  5. Si el padre/tutor legal o el Distrito no están satisfechos con la decisión tomada por el oficial de la audiencia en el Paso 4, el padre/tutor legal o el Distrito pueden iniciar un proceso legal federal en la Corte de Distrito de los Estados Unidos, Distrito de Utah, u otra corte de jurisdicción competente.

En cualquier momento antes, durante o después del proceso de queja, se puede presentar una queja ante el Consejo de Educación del Estado de Utah (USBE, por sus siglas en inglés) o la Oficina de Derechos Civiles de Denver (OCR, por sus siglas en inglés).

USBE
250 East 500 South
SLC, UT 84111-3204

Teléfono 801-538-7828
Sitio web: Equidad educativa

OCR
Denver Office for Civil Rights
César E. Chávez Memorial Building
1244 Speer Boulevard, Suite 310
Denver, CO 80204-3582

Teléfono (303) 844-5695 o TTY: (303) 844-3417
Sitio web: Proceso de quejas
Email: OCR de Denver

Reconocimiento de las Libertades Constitucionales en las Escuelas

El Distrito Escolar de Nebo reconoce la importancia de las creencias y prácticas religiosas y otras expresiones de conciencia en la vida de muchas personas, el papel fundamental que tales creencias han desempeñado en el desarrollo de las sociedades y culturas de todo el mundo, y la influencia que estas creencias siguen teniendo en los conceptos e interpretaciones relacionados con los programas escolares.

La Constitución de Utah prohíbe el uso de los poderes del gobierno para fomentar o desalentar las creencias o prácticas religiosas, o para reprimir los derechos de conciencia. Dada su relación única con los niños que asisten a las escuelas públicas, los funcionarios escolares deben tener especial cuidado en permanecer neutrales en cuestiones relacionadas con la religión, al tiempo que se esfuerzan por acomodar las creencias y prácticas religiosas y la libertad de conciencia de los estudiantes y sus padres.

Educatión Profesional y Técnica (CTE)

El Distrito Escolar de Nebo ofrece programas de Educación Profesional y Técnica (CTE, por sus siglas en inglés). La admisión a estos programas está abierta a todos los estudiantes. Ver la oferta de programas

Aviso Anual de No Discriminación de CTE

Es la política del Distrito Escolar de Nebo no discriminar en base a la raza, color, origen nacional, sexo/género, orientación sexual, identidad de género, religión, discapacidad, edad o cualquier otra clasificación legalmente protegida en sus programas educativos, actividades, admisiones, acceso, tratamiento o prácticas de empleo. El Distrito Escolar de Nebo tomará medidas para asegurar que la falta de conocimientos de inglés no sea una barrera para la admisión y participación en sus programas CTE.

Información Adicional

Para obtener más información sobre las políticas y procedimientos de no discriminación, comuníquese con:

David Gneiting, Coordinador de Derechos Civiles y de la Sección 504
350 South Main
Spanish Fork, UT 84660

(801) 354-7440